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viernes, 27 de marzo de 2020

Alcalde de Boconó suspende transporte, limita el comercio y el tránsito por prevención


Foto: Prensa Alcaldía

El alcalde de Boconó, Luis Hidalgo incrementó este viernes las medidas preventivas ante el COVID-19, estos nuevos decretos incluyen la suspensión del transporte público, se establece un horario para la venta de productos básicos al igual que se limita la circulación de vehículos luego de las 6 pm.

Según informa el equipo de prensa de la alcaldía, Hidalgo anunció que "queda totalmente suspendido el transporte público en el municipio para evitar que las personas sigan saliendo de sus casas sin previsiones y sin  estrictas emergencias. Sólo los días lunes miércoles y viernes a las 8:00 a.m. con retorno a la 1:00 p.m estará disponible un vehículo en cada plaza Bolívar de cada parroquia".

De igual forma, resaltó que desde las 6 pm no podrá transitar ningún vehículo ni moto, además se cerrarán las entradas principales a Boconó, entiéndase estás Mosquey y La Cruz.

Por su parte, el comercio trabajará ahora de la siguiente manera: 

Mercados municipales, mayoristas y Matadero Municipalde: 7:00 a.m. a 3:00 p.m

Farmacias de: 7:00 a.m. a 6:00 p.m

Luncherías: de 7:00 a.m. a 3:00 p.m

Restaurantes de: 12:00 m. a 6:00 p.m. 

Comida rápida de: 12:00 m. a 6:00 p.m. 

Fruterías y verdulerías de:  7:00 a.m. a 3:00 p.m.

Panaderías y pastelerías: 7:00 a.m. a 3:00 p.m

Supermercados, minimarket, abastos, bodegas, carnicerías y charcuterías de: 7:00 a.m. a 3:00 p.m.

Agropecuarias e insumos agrícolas: 7:00 a.m. a 3:00 p.m.

Venta de repuestos para vehículos, motos y lubricantes: 7:00 a.m. a 3:00 p.m.

Otra medida tomada y que se rumoraba desde hace días es la restricción del libre tránsito a niños y adolescentes.
 
El burgomaestre también indicó que con el decreto N°004 "se modifican los horarios de atención al público, servicio de transporte público y tránsito vehicular, funerario y cementerios y templos y casa de oración en el marco de la cuarentena social y colectiva".

También ha quedado prohibido el trabajo a vendedores ambulantes mientras dure la contingencia.

Redacción Bernardo Luzardo - CNP 25.123

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